El artículo 150 de la Ley No 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, dispone que los establecimientos comerciales deben contar con un Libro de Reclamaciones, en forma física o virtual.
Calle Enrique Palacios 140Miraflores
1. IDENTIFICACIÓN DEL CONSUMIDOR RECLAMANTE(*):
Fecha del incidente
Nombres
Apellidos
Teléfono
Correo
Tipo de Documento de Identidad
Documento de Identidad
Eres menor de edad
Departamento
Provincia
Distrito
Dirección
2. IDENTIFICACIÓN DEL BIEN CONTRATADO:
Tipo de Bien: Producto o Servicio
Monto reclamado
Tu mensaje (opcional)
3. DETALLE DE LA RECLAMACION Y PEDIDO DEL CONSUMIDOR:
ReclamoQueja
Número de pedido
Fecha de Pedido
Local del incidente
Detalle de la queja (opcional)
Pedido en concreto (opcional)
4. OBSERVACIONES Y ACCIONES ADOPTADAS POR EL PROVEEDOR:
Fecha de la respuesta
Acciones tomadas por el proveedor